lunes, 10 de junio de 2013

Liquidación o Convenio de Separación...

Las mentiras del Gobierno!!!

LIQUIDACIÓN (CONVENIO DE SEPARACIÓN)

Lo que el gobierno siempre llamó liquidación para los trabajadores de Luz y Fuerza del Centro, en realidad fue un convenio entre trabajadores y patrón para llegar a un arreglo, en el cual el trabajador acepta ser despedido por las razones que esta diciendo el patrón, y además acepta no demandar al patrón por despido injustificado.

El trabajador lo único que pide es que se le indemnice de la manera que cree conveniente.

La ley federal del trabajo establece este tipo de convenios en el titulo quince, Capitulo III, titulado “Procedimientos para procesales o voluntarios”, y particularmente el artículo 987 indica el modo de hacer estos convenios, a continuación se da el contenido del artículo 987 y la definición de convenio:

Articulo 987.- Cuando trabajadores y patrones lleguen a un convenio o liquidación de un trabajador, FUERA DE JUICIO, podrán concurrir ante las Juntas de Conciliación, de Conciliación y Arbitraje y las Especiales, solicitando su aprobación y ratificación…

Convenio: Es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas y/o partes sobre cualquier punto en discusión o cuestión pendiente de resolver.

De lo anterior vemos que legalmente el convenio es FUERA DE JUICIO, que el trabajador se puso de acuerdo con el patrón por su propia voluntad a ser despedido, y que el trabajador pidió a la Junta de Conciliación su aprobación y ratificación de dicho convenio

Pero en la realidad lo que pasó fue que ningún trabajador que firmó el convenio, se puso de acuerdo con el patrón (gobierno), los convenios solo los firmaron sin participar en su redacción y todo lo hicieron de forma voluntaria.

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